Audiencia de Selección de Vacantes Concurso Afro.
Lunes, 31 Julio 2017 12:33:37
| Actividad del mes de Julio
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Cumplir con la Audiencia de Selección de Vacante que se realiza con ocasión de un fallo de Tutela proferido en segunda instancia por el H. Consejo de Estado, dentro del proceso radicado con el No. 52001-23-33-000-2016-00738-01, impetrada por la señora MARILY PERLAZA GUERRERO.
• La Audiencia de Selección de Vacante se realiza con ocasión de un fallo de Tutela proferido en segunda instancia por el H. Consejo de Estado, dentro del proceso radicado con el No. 52001-23-33-000-2016-00738-01, impetrada por la señora MARILY PERLAZA GUERRERO, por cuanto en su numeral SEGUNDO prescribe:
“MODIFICAR el numeral tercero de la sentencia, para en su lugar ordenar al Departamento de Nariño – Secretaría de Educación Departamental que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta sentencia, inicie todo el trámite necesario para la realización de la audiencia pública para la selección de plazas en establecimiento educativo, en donde en estricto orden de mérito la señora Marily Perlaza Guerrero pueda participar para la escogencia de otro cargo, en el cual podrá ser posesionada en periodo de prueba siempre y cuando acredite el cumplimiento de los demás requisitos de ley incluido el aval de reconocimiento cultural…”.
• La SED-NARIÑO un vez notificada del fallo proferido por el H. Consejo de Estado, solicito directrices para su cumplimiento a la Comisión Nacional del Servicio Civil, y en oficio radicado con No. 20172310208881 la Dra. Luz Amparo Cardoso Canizalez, en calidad de Comisionada expide respuesta estableciendo entre otros argumentos que la Secretaría Departamental de Nariño debe adelantar la audiencia citando a todos los elegibles que hasta la fecha no han sido nombrados y posesionados en periodo de prueba por carecer del aval de reconocimiento cultural y ofertar todas las vacantes en el área de primaria, incluidas las que ya fueron seleccionadas por los elegibles en la pasada audiencia del 3 de diciembre de 2015.
• Es pertinente resaltar que la Secretaria de Educación Departamental de Nariño, para proceder a realizar los nombramientos en periodo de prueba de los elegibles que seleccionen plaza en la mencionada audiencia, deberán cumplir con todos los requisitos legales incluido el del Aval de Reconocimiento Cultural, expedido por el respectivo Consejo Comunitario.
• Para proceder a la realización de la Audiencia, la SED - NARIÑO envío todos los requisitos necesarios a la Comisión Nacional del Servicio Civil para su autorización, incluidos el proyecto de citación de audiencia y la Oferta Pública de Empleos de Carrera - OPEC, los cuales adjunto en el presente correo electrónico.
• La Audiencia de Selección de Vacante se realiza con ocasión de un fallo de Tutela proferido en segunda instancia por el H. Consejo de Estado, dentro del proceso radicado con el No. 52001-23-33-000-2016-00738-01, impetrada por la señora MARILY PERLAZA GUERRERO, por cuanto en su numeral SEGUNDO prescribe:
“MODIFICAR el numeral tercero de la sentencia, para en su lugar ordenar al Departamento de Nariño – Secretaría de Educación Departamental que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta sentencia, inicie todo el trámite necesario para la realización de la audiencia pública para la selección de plazas en establecimiento educativo, en donde en estricto orden de mérito la señora Marily Perlaza Guerrero pueda participar para la escogencia de otro cargo, en el cual podrá ser posesionada en periodo de prueba siempre y cuando acredite el cumplimiento de los demás requisitos de ley incluido el aval de reconocimiento cultural…”.
• La SED-NARIÑO un vez notificada del fallo proferido por el H. Consejo de Estado, solicito directrices para su cumplimiento a la Comisión Nacional del Servicio Civil, y en oficio radicado con No. 20172310208881 la Dra. Luz Amparo Cardoso Canizalez, en calidad de Comisionada expide respuesta estableciendo entre otros argumentos que la Secretaría Departamental de Nariño debe adelantar la audiencia citando a todos los elegibles que hasta la fecha no han sido nombrados y posesionados en periodo de prueba por carecer del aval de reconocimiento cultural y ofertar todas las vacantes en el área de primaria, incluidas las que ya fueron seleccionadas por los elegibles en la pasada audiencia del 3 de diciembre de 2015.
• Es pertinente resaltar que la Secretaria de Educación Departamental de Nariño, para proceder a realizar los nombramientos en periodo de prueba de los elegibles que seleccionen plaza en la mencionada audiencia, deberán cumplir con todos los requisitos legales incluido el del Aval de Reconocimiento Cultural, expedido por el respectivo Consejo Comunitario.
• Para proceder a la realización de la Audiencia, la SED - NARIÑO envío todos los requisitos necesarios a la Comisión Nacional del Servicio Civil para su autorización, incluidos el proyecto de citación de audiencia y la Oferta Pública de Empleos de Carrera - OPEC, los cuales adjunto en el presente correo electrónico.
GOBIERNO ABIERTO
DEPENDENCIA
Secretaría de Educación