RECOMENDACIONES MEDIANTE OFICIOS Y CORREOS INTITUCIONALES
Miércoles, 06 Abril 2016 17:54:18
| Actividad del mes de Abril
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Se envió por correo al DAC, el Proyecto del Manual de Supervisión, con el objeto de que se estudie la viabilidad de la implementación y actualización del mismo.
Teniendo en cuenta lo estipulado en la Circular Conjunta 018 de la Procuraduría de General de la Nación y Contraloría General de la República se envió mediante correo electrónico, a todo el Gabinete Departamental, recomendaciones relacionadas con el proceso de empalme y los pasos a seguir en el informe de Gestión o acta de empalme. Igualmente lo relacionado con la tercera etapa del mencionado proceso.
Correo enviado a todo el Gabinete Departamental, recomendando la proyección del acto administrativo de comisión y desplazamiento, autorizado por la Asesora del Despacho del Gobernador, bien sea que genere o no, viáticos y gastos de transporte.
Se envió la recomendación mediante correo electrónico relacionada con el manejo del software SYSMAN, y se sugiere programar otra reunión con el representante de la mencionada empresa, el supervisor del Contrato Prestación de Servicios No 488-15 y los demás responsables de la operación del software, con el objeto de dar solución a las diferentes inconsistencias reflejadas en las auditorías realizadas por la OCIG.
Se elaboró y envió a la Contraloría Departamental de Nariño, Contraloría General de la Republica, Procuraduría Regional de Nariño y Planeación Departamental, el Informe de empalme vigencia 2015-2016, de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente.
De igual forma se envió a la Asamblea del Departamento, el mencionado informe con sus respectivos anexos.
Se recomendó a la Secretaría General dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto 984 de 2012, relacionado con las Políticas de Austeridad del Gasto.
Se recordó a la Secretaria de Planeación Departamental que hasta el 31 de marzo del presente se debe publicar el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y el Mapa de riesgos de corrupción, según los lineamientos contenidos en los documentos "Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano Versión 2" y en la "Guía para la Gestión del Riesgo de Corrupción”, teniendo en cuenta el Parágrafo Transitorio del Artículo 2.1.4.8, establecido en el Decreto 124 y la Circular Externa No. 100-02 del 26 y 27 de enero de 2016, respectivamente. Mencionando que la publicación del Plan debe realizarse en el enlace de "Transparencia y Acceso a la Información" del sitio web de cada entidad.
Mediante correo electrónico se envió la recomendación a los Secretarios, Subsecretarios, Jefes de Oficina, Directores de las diferentes dependencias de la Administración Departamental, en atención a los preceptos establecidos en la normatividad vigente para la realización efectiva del proceso de empalme, con el fin de continuar armónicamente con la culminación de la etapa 3 del proceso de empalme, adelantado actualmente por la Administración Departamental.
Se recuerda a la Secretaría General y Sistemas, que la fecha límite para presentar el informe de uso de Software legal vence el 18 de marzo del presente, dándose cumplimiento a través del reporte al programa de Desarrollo Software del DAFP.
Teniendo en cuenta lo estipulado en la Circular Conjunta 018 de la Procuraduría de General de la Nación y Contraloría General de la República se envió mediante correo electrónico, a todo el Gabinete Departamental, recomendaciones relacionadas con el proceso de empalme y los pasos a seguir en el informe de Gestión o acta de empalme. Igualmente lo relacionado con la tercera etapa del mencionado proceso.
Correo enviado a todo el Gabinete Departamental, recomendando la proyección del acto administrativo de comisión y desplazamiento, autorizado por la Asesora del Despacho del Gobernador, bien sea que genere o no, viáticos y gastos de transporte.
Se envió la recomendación mediante correo electrónico relacionada con el manejo del software SYSMAN, y se sugiere programar otra reunión con el representante de la mencionada empresa, el supervisor del Contrato Prestación de Servicios No 488-15 y los demás responsables de la operación del software, con el objeto de dar solución a las diferentes inconsistencias reflejadas en las auditorías realizadas por la OCIG.
Se elaboró y envió a la Contraloría Departamental de Nariño, Contraloría General de la Republica, Procuraduría Regional de Nariño y Planeación Departamental, el Informe de empalme vigencia 2015-2016, de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente.
De igual forma se envió a la Asamblea del Departamento, el mencionado informe con sus respectivos anexos.
Se recomendó a la Secretaría General dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto 984 de 2012, relacionado con las Políticas de Austeridad del Gasto.
Se recordó a la Secretaria de Planeación Departamental que hasta el 31 de marzo del presente se debe publicar el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y el Mapa de riesgos de corrupción, según los lineamientos contenidos en los documentos "Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano Versión 2" y en la "Guía para la Gestión del Riesgo de Corrupción”, teniendo en cuenta el Parágrafo Transitorio del Artículo 2.1.4.8, establecido en el Decreto 124 y la Circular Externa No. 100-02 del 26 y 27 de enero de 2016, respectivamente. Mencionando que la publicación del Plan debe realizarse en el enlace de "Transparencia y Acceso a la Información" del sitio web de cada entidad.
Mediante correo electrónico se envió la recomendación a los Secretarios, Subsecretarios, Jefes de Oficina, Directores de las diferentes dependencias de la Administración Departamental, en atención a los preceptos establecidos en la normatividad vigente para la realización efectiva del proceso de empalme, con el fin de continuar armónicamente con la culminación de la etapa 3 del proceso de empalme, adelantado actualmente por la Administración Departamental.
Se recuerda a la Secretaría General y Sistemas, que la fecha límite para presentar el informe de uso de Software legal vence el 18 de marzo del presente, dándose cumplimiento a través del reporte al programa de Desarrollo Software del DAFP.
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