CUOTAS PARTES PENSIONALES

Miércoles, 08 Febrero 2017 23:03:10 | Actividad del mes de Octubre 0 0 0
1. Estudio del caso de CAJANAL EICE EN LIQUIDACION relacionada con la solicitud expedición de comunicación de aceptación de disminución en el valor total reconocido de cuotas partes pensiónales a favor del departamento, una vez Revisados los archivos de la subsecretaria de Talento humano se puedo evidenciar que se realizaron el cruce de los 17 personas que fueron reportados por CAJAN EICE EN LIQUIDACION con PASIVOCOL y se constato que cuatro pensionados fallecieron como se relacionan seguidamente y los trece restantes figuran en la base de datos de PASIVOCOL y evidenciando que el departamento cumplió con el pago del valor por compensación por la suma de 19.122.555.72 pesos, se solicitó se nos informe cual es la diferencia del valor a reconocer en favor del CAJANAL EIEC EN LIQUIDACION y se proceda por su parte a realizar el trámite para reconocer y compensar las noventa y seis (96) cuotas partes en favor del Departamento de Nariño y no continuar enviando cuentas de cobro sobre estos beneficiarios de los cuales ya se realizó y aprobó la compensación.

2. Continuación de la revisión Jurídica de actos administrativos de reconocimiento de las prestaciones donde se haya aplicado la figura de la cuota parte pensional (pensión de jubilación, reliquidaciones, sustituciones y los soportes que dieron origen al reconocimiento de la prestación tales como: registro civil de nacimiento, certificados de tiempos de servicios y de factores de salario; actos administrativo de la entidad concurrente donde acepte la obligación impuesta o la constancia de su notificación y del silencio administrativo positivo. Se revisó la documentación de las siguientes entidades CAJANAL FONPRECON, COLPENSIONES, FONCOLPUERTOS, CAJANAL SALUD.

3. Se estudió y proyecto la Solicitud de Modificación del Acuerdo de Restructuración de pasivos del Departamento de Nariño. Existiendo la preocupación del Gobierno departamental en que si bien en la actualidad por estar vigente el acuerdo de restructuración de pasivos se encuentran suspendidos los procesos judiciales y los términos de prescripción y no opera la caducidad de las acciones respecto de los créditos a cargo de la entidad territorial, y no es procedente el embargos de los activos y recursos. Seguramente una vez finalice el acuerdo el departamento se verá abocado al pago de cuantiosas sumas de dinero fruto de las condenas por procesos judiciales y por procesos de jurisdicción coactiva; situación que afectaran notablemente su situación financiera y pondrán en riesgo su viabilidad económica y su estabilidad institucional.en consecuencia de conformidad con lo preceptuado en el parágrafo 3º del artículo 29 de la Ley 550 de 1.999, se solicitó a la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de in Hacienda se convoque al comité de vigilancia del acuerdo de restructuración de pasivos y a todos los acreedores para someter a aprobación una modificación a dicho acuerdo y permitir la inclusión de nuevas acreencias por cuotas partes pensiónales y procesos judiciales contra el departamento de Nariño.


4. La entidad de COLPENSIONES notifico al Departamento de Nariño de dos procesos coactivos el primero con expediente Nº GBC-2016-001112 por un valor de $3.737.483.731 correspondientes a 95 pensionados y el segundo expediente GBC-2016-001117 por un valor de 82.696.335 correspondientes a 20 pensionados, se procedió a realizar la notificación personal el 21 de septiembre en la sede de pasto; para la contestación de las excepciones se procedió a remitir oficio a la REGISTRADURIA NACIONAL de los 116 pensionadas para que nos certifiquen si estos pensionados fallecieron o no y así poder continuar con el proceso, también se realizó la revisión documental pero hay dificultades al encontrar la información completa. Se proyectó jurídicamente la contestación de las excepciones de los dos procesos coactivos que presento COLPENSIONES en contra de la Gobernación sus radicados son GCB-2016-00117 Y GCB-2016-001112, teniendo en cuenta la información obtenida en nuestro archivo y la que nos facilitó la Registraduría, solicitando la falta de titulo ejecutivo, prescripción, la indebida tasación del monto de la deuda y que se tengan en cuenta el proceso de restructuración de pasivos. El día 12 de octubre de 2016 se radico la contestación de las excepciones a la cual se le dio respuesta en los términos estipulados, se presentaron las excepciones personalmente ante el punto de atención al ciudadano PAC de la ciudad de pasto la sede de Colpensiones por medio de correo certificado y correo electrónico a la dirección remitida por la entidad.


5. Se realizo solicitud a la Registraduría Nacional del Servicio Civil la solicitud de certificados de vigencia de cedulas de pensionados con el fin de verificar si se ha constituido el titulo ejecutivo

Cuotas partes aceptadas: Revisado y analizado el proyecto de resolución por la cual se ordena el pago de una pensión de jubilación y demás documentos soportes se observa que las operaciones de orden contable fueron elaboradas conforme a derecho, razón por la cual se ACEPTA las cuotas partes pensiónales consultadas:

Resoluciones de aceptación de cuotas partes = 1

1. Pago de cuotas partes pensiónales:
- La revisión de cuentas de cobro para pago por parte del Departamento, se debe realizar en forma permanente y mantener actualizados los archivos por entidad
- Revisión de la liquidación individual histórica desde la fecha de reconocimiento hasta la fecha de cobro
- Proceso de trámite para su pago:

Solicitud de Disponibilidad Presupuestal = 06
Certificaciones para pago = 06
Solicitudes de Registro de Compromiso = 4

2. Cuotas Partes Por Pagar: Revisión y análisis de de las cuentas de cobro por concepto de cuotas partes y documentos suficientes como soportes que permitieron reconocer las acreencias causadas en los tres últimos años por cuotas partes pensiónales determinadas por el suma de $13.756.755.547.oo, incluido los intereses liquidados con DTF, correspondientes a 23 a quienes no se les ha cancelado en los últimos años por inconsistencias en las cuentas de cobro.




DEPENDENCIA
Subsecretaría de Talento Humano